PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE EJECUCIÓN Y EMBARGO
Cuando un contribuyente no paga un crédito fiscal determinado por la autoridad, se inicia el procedimiento administrativo de ejecución, que tiene por objetivo cobrar forzosamente ese adeudo mediante medidas como el embargo de bienes, cuentas bancarias o incluso ingresos futuros.
Este procedimiento lo puede llevar a cabo el SAT, una Secretaría de Finanzas estatal o el INFONAVIT, y debe realizarse con apego estricto a derecho, pues de lo contrario puede ser declarado nulo por los tribunales.
¿Cuáles son las etapas clave?
Requerimiento de pago: la autoridad notifica que existe un adeudo.
Mandamiento de ejecución: si no se paga, se emite la orden para iniciar el cobro forzoso.
Embargo: se pueden embargar bienes muebles, inmuebles, cuentas bancarias, marcas, vehículos o hasta mercancía.
Remate o adjudicación: si no se cubre el adeudo, los bienes pueden ser vendidos o adjudicados a la autoridad.
¿Por qué es delicado?
Porque puede paralizar la operación de tu empresa o afectar tu patrimonio personal, incluso sin que se haya dado oportunidad real de defenderte. Muchas veces, las autoridades cometen errores de procedimiento que permiten su defensa.
¿Cómo te apoya Estrato Legal?
Verificamos la legalidad del crédito fiscal y del procedimiento de ejecución.
Impugnamos el acto mediante recursos administrativos o juicios de nulidad/amparo.
Solicitamos suspensiones para detener el embargo y evitar daños mayores.
Diseñamos estrategias integrales para negociar, regularizar o anular el adeudo, según cada caso.